BONO SOCIAL DE LA LUZ
El Bono Social de la luz es una bonificación en la tarifa eléctrica fijado por el gobierno sobre el Precio Voluntario Pequeño Consumidor (PVPC) con el fin de proteger a los hogares con menos posibilidades económicas. Hay 3 categorías de clientes: consumidor vulnerable, vulnerable severo y en riesgo de exclusión social.
Las familias numerosas están clasificadas como consumidores vulnerables, por tanto, TODAS tienen derecho a la aplicación del bono social de la luz, independientemente de su renta. Además, por renta, pueden ser consideradas consumidores vulnerables severos o en riesgo de exclusión social.
Condiciones:
Para beneficiarse del Bono Social de la luz:
- Se debe tener contratado la tarifa eléctrica PVPC (con o sin discriminación horaria),
- potencia contratada igual o inferior a 10 kW en la vivienda habitual,
- además de cumplir los requisitos para ser considerado consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social
Descuento en la factura eléctrica:
El nuevo calendario en la bonificación de la luz, es decir, los descuentos del Bono social, quedan así:
- Desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2025, el descuento para el consumidor vulnerable será del 50% y el de consumidor vulnerable severo será del 65%.
- Desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre el descuento para el consumidor vulnerable será del 42,5% y el de consumidor vulnerable severo, del 57,5%.
- A partir de 1 de enero de 2026 el descuento para el consumidor vulnerable sería del 35% y del vulnerable severo del 50%, descuentos que serán un 10% superiores a los que se aplicaban inicialmente en el bono social, y que en principio quedarán así de forma definitiva.
También se notará en la factura de la luz el incremento del IVA que, tras bajarse temporalmente al 10%, vuelve al 21% desde este mes de enero.
¿Cuál es el límite de energía al que se aplica el descuento por bono social?
El límite anual de energía al que se aplica el descuento por bono social en el término de energía del PVPC se recoge en la tabla siguiente:

¿Dónde puedo solicitarlo?
La solicitud de bono social de la luz se tramita directamente con la empresa suministradora con la que cada familia tenga contratada la electricidad en su domicilio habitual.
La documentación que deben presentar es la siguiente:
- Solicitud correspondiente a cada compañía (ver más abajo). NOTA: Dentro de los requisitos de concesión de bono social se exime a las familias numerosas de la presentación de su renta (salvo en el caso de las vulnerables severas).
- Copia del DNI/NIE de cada uno de los miembros de la unidad familiar a la que pertenece el titular para los que dicho documento sea obligatorio y, en su caso, de los menores de 14 años de edad de la unidad familiar que dispongan de él.
- Copia libro de familia de la unidad familiar del punto de suministro o en su caso certificación de la hoja individual del registro civil del titular o de cada uno de los individuos de la unidad familiar.
- Copia del Título de Familia Numerosa vigente.
- Certificado de empadronamiento en vigor del titular y de todos los miembros de la unidad familiar.
- Copia última factura.
Se puede solicitar online (en la web de su compañía), en su oficina o por correo electrónico a la empresa con la que tenga contratada la ELECTRICIDAD en su hogar (consulta en el siguiente listado todas las comercializadoras de referencia):
| Comercializadora de Referencia | Teléfono/Web | Correo Electrónico |
|---|---|---|
| Energía Comercializadora de Referencia, S.L. (anterior Endesa) | 800 760 333 www.energiaxxi.com |
bonosocial@energiaxxi.com |
| Curenergía Comercializador de último recurso S.A.U. (anterior Iberdrola) | 900 200 708 www.curenergia.es |
bonosocial@curenergia.es |
| Comercializadora Regulada Gas & Power, S.A. (Grupo Naturgy) | 900 100 502 www.comercializadoraregulada.es |
bonosocial@comercializadoraregulada.es |
| Baser Comercializadora de Referencia, S.A. (anterior EDP) | 900 902 947 www.basercor.es |
bonosocial@basercor.es |
| Régsiti Comercializadora Regulada, S.L.U (anterior Viesgo) | 900 101 005 www.regsiti.com |
bono-social@regsiti.com |
| Comercializador de Referencia Energético, S.L.U. (Grupo CHC) | 900 814 023 www.corenergetico.es |
bonosocial@corenergetico.es |
Más información:
https://energia.gob.es/bono-social/Paginas/bono-social.aspx
https://www.bonosocial.gob.es/#inicio
Real Decreto-ley 18/2022, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía
Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.